Después de haberse recibido las respuestas finales
de todas las partes, el Secretario de la GCA elige un grupo de tres árbitros del
registro de árbitros técnicos de la asociación y se asegura de que ninguno de
ellos tenga ninguna relación con los litigantes. Se fija una hora y una fecha
conveniente para todos. Los árbitros pueden pedir un plazo de cinco días si se
presentan por escrito motivos aceptables.
Los árbitros reciben copias de todos los documentos
que se han presentado y los examinan independientemente antes de la fecha de la
arbitración. Eligen a su propio presidente que celebrará la arbitración y la
audiencia. Los árbitros pueden pedir que el abogado de la GCA asista y actúe
como asesor jurídico, pero el abogado de la GCA no tiene voz ni voto en ninguna
decisión.
Los árbitros evalúan los costos que deben ir a cargo
de una o de ambas partes.