A. Los honorarios de arbitración para los miembros
de la asociación son los siguientes:
- Un mínimo de US $450.00 por hasta 250 sacos en
cuestiones únicamente de clasificación o calidad del café. Para cada saco
adicional sobre los 250 sacos, los honorarios serán de 50 centavos por saco.
- Un mínimo de US $650.00 por hasta 250 sacos de los
apelantes únicamente en apelaciones contra un laudo dictado sobre cuestiones
solamente de clasificación o calidad del café. Por cada saco adicional sobre los
250 sacos, los honorarios serán de 75 centavos por saco..
- Un mínimo de US $650.00 por hasta 250 sacos en
cuestiones distintas de las referentes exclusivamente a la clasificación o
calidad del café. Por cada saco adicional sobre 250 sacos, los honorarios serán
de 50 centavos por saco.
- Un mínimo de US $850.00 por hasta 250 sacos de los
apelantes únicamente en apelaciones de laudos dictados sobre cuestiones
diferentes de las referentes exclusivamente a la clasificación o calidad del
café. Por cada saco adicional sobre los 250 sacos. los honorarios serán de 75
centavos por saco.
De los honorarios cobrados la Asociación pagará a
los árbitros en concepto de honorario las cantidades siguientes:
(a) Arbitraciones en cuestiones referentes
únicamente a la clasificación o calidad del café, US $100.00 por árbitro. (b)
Arbitraciones en cuestiones distintas de las que se refieren únicamente a la
clasificación o calidad del café, US $100.00 por árbitro.
B. Si una arbitración se retira o se cancela antes
de que la respuesta sea presentada, la Asociación retendrá de los honorarios de
arbitración depositado la cantidad de US $200 como honorario de presentación
siempre y cuando la audiencia no haya sido aun iniciada. El saldo del honorario
de arbitración sera devuelta al depositario, a excepción de lo previsto en la
Sección de este articulo. Cuando una audiencia para una arbitramiento o
apelación técnica ha sido programada y celebrada y un acuerdo o solución ha sido
llevado a cabo por las partes litigantes, o dichas partes litigantes de acuerdo
mutuo deciden retirar la arbitración o la apelación, tal acuerdo o solución
incluirá la renuncia por el depositante de los honorarios de arbitración en
favor de la Asociación según el panel considere adecuado.
C. Cuando el panel llega a una decisión, los
árbitros evalúan los honorarios de arbitración para una o ambas partes según lo
crean conveniente. Los demás depósitos recibidos serán reembolsados a las partes
que tienen derecho a ellas, excepto los honorarios pagados por quienes no son
miembros o los honorarios por anulación.
D. Los litigantes que no son miembros pagaran un
recargo adicional por cada arbitración o apelación, tasados sobre los honorarios
arriba indicados para los miembros de acuerdo a lo siguiente :
(a) US $300 por una cuestión únicamente de
clasificación o calidad del café; o (b) US $300 por cualquiera otra
cuestión.
Los honorarios para los litigantes que no son
miembros en una arbitración contra una parte que no tampoco es miembro son los
siguientes:
(a) US $500 por cuestiones que son únicamente de
clasificación o calidad del café; o (b) US $2,000 por cualquier otra
cuestión.
La Asociación retiene estos honorarios adicionales
sea cual fuere el resultado. Los honorarios deben ser pagados a la GCA al mismo
tiempo que los honorarios normales de arbitración impuestos a los miembros, en
el momento en que se presenta la solicitud para arbitración y/o cuando la
respuesta es presentada al Secretario.