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  • Nombramiento de árbitros

     
     

    Arbitraciónn en la primera etapa. Las partes (demandante y acusado) nombran cada cual un árbitro quienes nombran conjuntamente un compromisario. Si los árbitros no pueden ponerse de acuerdo sobre un laudo, el compromisario decidirá el resultado en su nombre.

    Apelaciones y audiencias ante una junta de arbitración. En ambos casos la CTF nombra a los árbitros: tres en controversias de calidad y cinco en las demás controversias (técnicas).

    Las partes en la controversia pueden presentar por escrito objeciones al nombramiento de un árbitro o miembro de la junta de arbitración. Ningún árbitro o miembro de una junta de arbitración puede estar directa o indirectamente implicado o implicarse en un caso en el que esté oficiando.

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