Deben formularse por escrito a la Junta de Arbitros
de la DKV de la Cámara de Comercio de Hamburgo y deben incluir lo siguiente:
- Una explicación completa de la controversia y del
recurso pedido; y
- El nombre y dirección del árbitro del demandante y
prueba de su deseo de ejercer esta función.
La DKV informa a la otra parte sobre la solicitud y
pide una respuesta por escrito en la que debe constar el nombre del árbitro que
actuará en nombre del demandado y la prueba de su deseo de ejercer esta función.
A diferencia de otros mercados, no hay plazo fijo para que el acusado responda.
Se deja a la discreción de la DKV fijar el plazo límite para la primera
respuesta, pero una vez formada la junta de arbitración entonces es ella la que
establece todos los plazos subsiguientes. Si el demandado no nombra a un
árbitro, la presidencia de la DKV o la Cámara de Comercio de Hamburgo lo
nombrará como en los casos anteriores. Todas las solicitudes serán por escrito:
cinco copias para el grupo de tres miembros y siete copias para un grupo de
cinco miembros.