Los términos y condiciones que gobiernan a las
cartas de crédito son enumerados en lo que se conoce como Costumbres y Prácticas
Uniformes para los Créditos Documentarios, emitidos por la Cámara de Comercio
Internacional. Los temas de particular interés al comercio de productos básicos
incluyen las responsabilidades elementales de los bancos cuando estos examinan
los documentos presentados para pago contra las cartas de crédito bajo la CPU
600, y los requerimientos referentes a los diferentes tipos de documentos que
pueden ser presentados bajo las cartas de crédito. Sin embargo, la CPU 600 solo
incumbe cuando el texto de la carta de crédito especificamente indica que esta
está sujeta a dichas regulaciones.
La versión mas reciente,
el CPU 600, entra en vigencia el 1o. de julio 2007 y puede ser adquirida de www.iccbooks.com.
Un libreto explicativo, publicado por Reed Smith Richards Butler LLP de Londres,
que es de considerable interés a los exportadores, importadores y comerciantes
que usan créditos documentarios, es también disponible en http://www.reedsmith.com/_db/_documents/UCP600__Booklet_Complete.pdf
Los textos que siguen son prácticamente sustraidos
del libreto de Reed Smith y son transcritos aquí con su amable
consentimiento.