Los bajos precios resultantes de los excesos de
producción a fines del decenio 1990 e inicios del 2000 trajeron como
consecuencia internacional clamores para que las calidades mas bajas fuesen
eliminadas del mercado, por lo que el Consejo de la OIC aprobó una resolución a
este efecto. La Resolución 407 introdujo normas mandatorias mínimas que fueron
luego enmendadas por la Resolución 420 (Mayo 2004) que recomienda metas
voluntarias para las normas de calidad mínimas de exportación tanto para el
arábica como para el robusta.
El objetivo directo es aquel de suspender la
exportación de los granos inferiores a la norma con lo que el abastecimiento
sería menos copioso lo cual ayudaría a los precios a subir. El programa del OIC
con respecto a la Mejora de la Calidad del Café apela a los paises productores
a que se esmeren en restringir la exportación del café arábica con más de 86
defectos por muestra de 300 g, o del café robusta con más de 150 defectos por
muestra de 300 g.
Este Programa también solicita a sus miembros a
hacer lo posible para no permitir que el arábica o el robusta de cualquier grado
sea exportado con porcentajes de humedad menores al 8 % o mayores que el 12.5 %,
con la condición que este parámetro no afectará las buenas prácticas comerciales
establecidas y aceptadas. Por cuanto, en aquellos orígenes que están al presente
logrando un porcentaje de humedad menor al 12.5 %, los exportadores del lugar
harán lo posible para mantener este parámetro o disminuirlo.
Es sin embargo aceptable
que los cafés de especialidad que tradicionalmente tienen un grado de humedad
alto, tales como el de monzón de la India, están exentos; aunque la Resolución
420 requiere que todos los productores identifiquen claramente en el
Certificado de Origen cualquier café que no conforme con la norma
recomendada.
Para el año cafetero Octubre 2006 - Setiembre 2007,
la OIC reportó que 28 miembros exportadores, que representan aproximadamente a
61 millones de sacos o cerca del 68% de todas las exportaciones 2006/07,
sometieron información sobre la calidad del café que exportaron. De estas
exportaciones, mas de 56 millones de sacos (92%) fueron clasificados dentro de
los parámetros de la Resolución con respecto a defectos y a la humedad. La
división arábica/robusta fue de 92% arábica y 8% robusta.
La OIC también reportó que se espera que Viet Nam
introduzca gradualmente nuevas normas de calidad, reduciendo el mínimo
permisible de materia extraña que al momento es del 1% a menos del 0.5%, así
como también del contenido de humedad del café a ser embarcado del 13% al 12.5%.
Se espera que estas nuevas normas entren en vigencia el año 2010.
Para más información, vea
la Resolución número 420 del 21 de mayo 2004, y el documento EB 3930/07 en el
sitio www.ico.org así
como el documento EB 3941 (http://dev.ico.org/documents/eb3941e.pef).
Actualizado 01/2008