Los grandes centros de transporte y los
portacontenedores de enlace están adquiriendo cada vez mayor importancia a
medida que la industria del transporte evoluciona para satisfacer las demandas
de la mundialización y que la proporción de buques de mayor tonelaje en las
flotas mundiales está aumentando. Hay ya algunos buques que pueden transportar
hasta más de 11,000 unidades TEU (twenty-foot equivalent units) (unidades
equivalentes a veinte pies) y hay estimaciones (fines de 2007) de que en el
futuro previsible habrá buques con una capacidad aun superior. Estos megabuques
hacen escala solamente en puertos de suficiente calado y que ofrecen la
capacidad de carga y de mecanización suficiente para un manejo rápido y
eficiente. Los puertos más pequeños, por lo tanto, se dedican mas a alimentar
con carga el centro regional más próximo, de modo semejante a lo que han estado
haciendo las líneas aéreas desde hace años. En algunos orígenes (por ejemplo
Viet Nam, Indonesia) esta práctica ya está bien establecida, pero en otros
lugares está creando algunos problemas para la industria.
No es raro que los consignatarios de café tengan la
notificación correcta de embarque, en términos contractuales, pero que todavía
no sepan el nombre del buque que entregará la mercancía en el puerto final de
descarga, porque el nombre del buque de transbordo no siempre es conocido en el
momento de cargar.
Servicios de seguimiento y rastreo basados en
Internet ofrecen soluciones siempre que la notificación de embarque incluya los
números de los contenedores (que los expedidores tienen la obligación de
comunicar en la notificación de embarque). Los grandes consignatarios que
trabajan con un sistema de suministro justo a tiempo exigen a los transportistas
que les informen directamente por correo electrónico, dentro del plazo fijado,
de todas las disposiciones sobre transbordos, incluido el nombre del buque de la
línea principal y el tiempo estimado de llegada (ETA: estimated time of arrival)
en destino.Vea también el tópico 05.01.09 con respecto a Transbordos.
Tal vez no sea percibido inmediatamente, pero otros
requerimientos pueden suscitarse debido a que autoridades en el puerto de
transbordo podrían imponer ciertas condiciones sobre la mercadería a ser
transbordada en dicho puerto.
Por ejemplo, a fines de 2006, las autoridades
Panameñas dictaron que todas las ventanillas de los contenedores transportando
café verde a ser transbordado en los puertos panameños (Bilbao y Manzanillo),
tendrian que ser cerrados herméticamente y, que deberían ser acompañados por
certificados Fitosanitarios. El dictamen obedeció al resguardo contra la posible
infestación de Broca (talador) trasmitida por cafés de otros paises productores.
La no conformidad con este dictamen tendría como resultado que el contenedor
seria negado transbordo al siguiente barco lo cual causaría grandes problemas
logísticos y financieros.
Actualizado 11/2007