La mayoría de transacciones de futuros no tienen por
resultado la entrega física del producto básico.
Según sea su estrategia los operadores de futuros
suelen adoptar decisiones conscientes para evitar la entrega o para efectuarla.
Es decir que o bien hacen una transacción compensatoria antes de la entrega, con
lo que evitan que se les adjudique el café físico, o bien obligan
conscientemente a la bolsa a entregar (adjudicar) el café físico dejando que el
contrato venza. La entrega debe completarse entre el primero y el último de los
días de operaciones del mes de entrega, si bien las condiciones exactas varían
de un mercado a otro.
El contrato de futuros puede utilizarse para la
entrega, pero sus condiciones no son convenientes para todas las partes. Por
ejemplo, las condiciones de entrega del contrato de futuros dan al vendedor el
derecho exclusivo a escoger el lugar de entrega. Como es lógico esta situación
puede crear dificultades al comprador. Además, el café real entregado, si bien
es aceptable con arreglo al contrato de futuros, puede no responder a las
necesidades de calidad específicas del comprador.